DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13212
23 de diciembre de 2011
DCA-3394
Señor
Edwin C. Rodriguez C.
Secretario Técnico
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
Estimado señor:
ASUNTO: Se rechaza consulta sobre alcances de modificación contractual del contrato de Concesión de
Obra de la Carretera a Caldera.
Damos respuesta a su oficio No.DST OF 570-2010, mediante el cual presenta la consulta referida.
I. Sobre los aspectos consultados.
Se hace una serie de consideraciones y consultas sobre los alcances de una serie de obras que
deben realizarse producto de un recurso de amparo declarado con lugar por la Sala Constitucional, así
como la tramitología correspondientes y alcances de la formalización de dichas obras.
II. Criterio de la División.
En atención a la gestión presentada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de
la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de
1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000,
vigente al momento de plantearse su consulta, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y
situaciones concretas.
Siendo que la consulta se refiere al análisis de un caso específico de ejecución contractual no es
posible emitir el criterio vinculante solicitado, aunado a la ausencia de un criterio jurídico de la unidad
respectiva que analice el tema.
2
No obstante lo anterior, cabe señalar que en la toma de decisión de responsabilidad de la propia
entidad debe valorar lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento sobre el refrendo de las Contrataciones
de la Administración Pública y lo señalado por el propio numeral 48 de La Ley General de Concesión de
Obras Públicas Con Servicios Públicos.
Atentamente,
...
Fecha publicación: 11/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13076
22 de diciembre, 2011
DCA-3374
Licenciada
Rosario Segura Sibaja
Directora de Proveeduría Institucional
Ministerio de Educación Pública
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda el contrato suscrito por el Ministerio de Educación Pública y la empresa
Grupo de producción Creativa G.P.L Limitada para el abastecimiento de producción de material
audiovisual Multimedia educativo para complementar servicios de capacitación profesional de la
Dirección de Recursos Tecnológicos, según Licitación Pública 2011LN000382-55500 (cuantía
inestimable entrega según demanda).
Nos referimos a su oficio D.PROV.I.CA-AS 1901-2011 del 22 de noviembre de 2011 mediante
el cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. Adjuntan disco compacto certificado
de la totalidad del expediente digital de la Licitación No 2011LN-0000382-55500.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato
de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación No Cert. Fondos-052-2011 de contenido
presupuestario por el total de la suma de ¢30.000.000 emitidas por el Lic. Manuel Zúñiga Delgado
Jefe del Departamento de Contrataciones Administrativas el 21 de noviembre de 2011. En ese
sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación
del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en
el objeto de esta contratación.
2) Es responsabilidad del Ministerio de Educación el verificar que la garantía de cumplimiento
se encuentre vigente por todo el plazo señalado en el cartel y si fuera del caso que la misma
venciera antes del mismo, esa Administración deberá velar porque se mantenga vigente por el
tiempo corr ...
Fecha publicación: 10/01/2012
Fecha emisión: 22/12/2011
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.12672
14 de diciembre, 2011
DFOE-AE-0470
Señor
Presidente
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MANZANILLO
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre recursos otorgados a la Fundación de Parques
Nacionales.
Me refiero a la nota sin número de fecha 11 de noviembre de 2011, suscrita por
varios miembros de la Junta Directiva de esa Asociación y recibida en este Despacho el
21 de ese mismo mes y año.
El objeto de consulta que se plantea en la nota no resulta del todo claro, por lo que
este órgano contralor infiere que se refiere a la liquidación presupuestaria de recursos
concedidos a la Fundación de Parques Nacionales (FPN) para el desarrollo de proyectos
en coordinación con esa Asociación. No obstante, no se indica expresamente si el origen
de los recursos aludidos es público o privado y si corresponden a una transferencia, por lo
que no resulta posible determinar si les aplica lo preceptuado en el artículo 5 de la ley
orgánica de esta Contraloría General.
Al respecto, es importante aclarar que las potestades de fiscalización conferidas a la
Contraloría General en el artículo citado son facultativas, es decir, es la misma Contraloría
la que decide bajo qué condiciones realiza o no la fiscalización de los recursos indicados.
De este modo la presentación del presupuesto para aprobación de este órgano contralor
por parte de organizaciones privadas está regulado en la circular No. 143001 y solo aplica
para recursos de naturaleza pública; por lo que en el evento de que los beneficios
patrimoniales objeto de consulta tengan esa naturaleza y considerando que el monto de
éstos alcanza únicamente la suma de ¢ 30.000,000,00, monto que está po ...
Fecha publicación: 02/01/2012
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE MANZANILLO BRIBRI TALAMANCA LIMON
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13185
23 de diciembre de 2011
DCA-3389
Señor
José Antonio Salas Monge
Proveedor Institucional
Compañía Nacional de Fuerza y Luz
Fax: 2232-7927
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda en forma condicionada el contrato suscrito entre la Compañía Nacional de Fuerza y
Luz, S.A. y Saret Acero, S.A. para la adquisición de láminas de acero, viga canal C y viga W, tramitada
bajo el concurso 2011PP-000014-PROV, por un monto de $3.244,693,00 (tres millones doscientos
cuarenta y cuatro mil seiscientos noventa y tres dólares).
Nos referimos al oficio 3251-2805-2011 del 12 de diciembre de 2011, mediante el cual solicita nuestro
refrendo al contrato suscrito entre esa Compañía y Saret Acero, S.A. para la adquisición de láminas de
acero, viga canal C y viga W, compra tramitada bajo el concurso de adquisición 2011PP-000014-PROV al
amparo de lo dispuesto en la Ley 8660 y el Reglamento para los procesos de adquisición de las empresas
del I.C.E. publicado en La Gaceta 230 del 27 de noviembre de 2008, por un monto de $3.244,693,00 (tres
millones doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos noventa y tres dólares).
II. Criterio del Despacho.
Una vez realizado el estudio legal correspondiente, con fundamento en los artículos 182 y 184,
constitucionales y en lo previsto por el Reglamento sobre el Refrendos de las Contrataciones de la
Administración Pública, le comunicamos que este órgano contralor otorga el refrendo del contrato, sujeto
a las condiciones que adelante se indican y cuya verificación será responsabilidad exclusiva de su persona,
en su condición de Proveedor Institucional , remitente de la solicitud, o bien, de quien ejerza ese cargo. En
caso que usted no resulte competente para verificarlas, deberá instruir a la (s) dependencia (s) que
co ...
Fecha publicación: 27/12/2011
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12972
20 de diciembre, 2011
DFOE-SAF-0474
Licenciada
Silma Bolaños Cerdas
Jefe de Área
Comisión Permanente de Asuntos Económicos
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Se emite criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto
de ley denominado Ley Especial para reducir la Deuda Pública mediante
la venta de activos ociosos o subutilizados del sector público,
expediente No. 18.018.
Nos referimos a su oficio ECO-2002-18.018-11, del 23 de noviembre del 2011, por
el cual se solicita el criterio de este Órgano Contralor, en relación con el proyecto de ley
denominado “Ley Especial para reducir la Deuda Pública mediante la venta de activos
ociosos o subutilizados del sector público”, expediente No. 18.018, publicado en La Gaceta
No. 117, Alcance No. 32, del 17 de junio del 2011.
Dentro de los argumentos de la exposición de motivos se indican, entre otros, los
siguientes:
La venta de activos ociosos del Estado permitiría pagar -o al menos mitigar- la
deuda pública, mas sería necesaria la creación de una ley que la autorice.
Los artículos 49 y 50 de la Ley de Contratación Administrativa (No. 7494 del 2 de
mayo de 1995), en relación con el 61 de su Reglamento, así como el Reglamento para el
Registro y Control de Bienes de la Administración Central son el fundamento jurídico
general para la realización de la venta de bienes por parte de la Administración Pública.
La normativa vigente no regula el destino que se le deba dar al producto de esa
venta y en todo caso esas normas son de aplicación general, lo cual no excluye la
posibilidad de que cada institución tenga especiales disp ...
Fecha publicación: 24/12/2011
Fecha emisión: 21/12/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12929
20 de diciembre de 2011
DCA-3351
Doctor
Armando Villalobos Castañeda
Director Regional
Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur
Caja Costarricense de Seguro Social
Fax 2221-7546
Asunto: se confiere refrendo al contrato de Servicios de Atención Primaria para el Área de Salud de
Coronado, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social (Dirección Regional de Servicios de
Salud Central Sur). Licitación Pública 2011-LN-000003-2399.
Estimado Doctor:
Damos respuesta a su oficio DRSSCS-ADM-0953-2011 de 14 de noviembre de 2011, recibido el día 15
del mismo mes y año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre esa Dirección y la
Asociación de Salud Integral del Cantón de Vásquez de Coronado, para la prestación de servicios de
atención primaria bajo la modalidad de entrega según demanda, derivado de la Licitación Pública 2011-
LN-000003-2399.
Una vez realizado el estudio legal correspondiente, con fundamento en los artículos 182 y 184,
constitucionales y en lo previsto por el Reglamento sobre el Refrendos de las Contrataciones de la
Administración Pública, le comunicamos que este órgano contralor otorga el refrendo del contrato, sujeto
a las condiciones que adelante se indican y cuya verificación será responsabilidad exclusiva de su persona,
en su condición de Director Regional, remitente de la solicitud, o bien, de quien ejerza ese cargo. En caso
que usted no resulte competente para verificarlas, le instamos a instruir o bien comunicar a la (s)
dependencia (s) que corresponda (n), para ejercer el control sobre las siguientes condiciones:
1) El contrato en su fase de ejecución, en cuanto a derechos y obligaciones, se regirá no sólo a los
términos contractuales sino conforme al marco previsto en la Ley de Contratación Administrativa
y su Reglamento.
2) Esa en ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 20/12/2011
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12360
TELEFAX Nro. 2661-0720
8 de diciembre, 2011
DFOE-DL-1126
Señora
Marielos Marchena Hernández
Secretaria Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
Estimada señora:
Asunto: Se autoriza solicitud de nombramiento interino del Auditor Interno
de la Municipalidad de Puntarenas.
Se atiende su oficio Nro. SM-489-2011 de 20 de julio de 2011, mediante el cual remite
el acuerdo adoptado en el inciso B, artículo 2º de la sesión extraordinaria Nro. 110,
celebrada por el Concejo Municipal de Puntarenas el 7 de julio de 2011, en el cual solicita a
esta Contraloría General la autorización para el nombramiento interino del licenciado Luis
Alberto Gamboa Cabezas, como Auditor Interno de esa Municipalidad, mientras se realiza el
concurso público correspondiente.
Criterio del Despacho
I. Sobre el nombramiento del auditor y subauditor internos
En cuanto a los nombramientos de los auditores y subauditores internos, resulta
oportuno indicar que al tenor de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control
Interno, Nro. 82921 y los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y
subauditor internos, y las gestiones de nombramiento en dichos cargos”
(L-1-2006-CO-DAGJ)2, tales nombramientos pueden ser por tiempo indefinido o interinos, en
este caso particular, en tanto se realiza el concurso correspondiente para el nombramiento
del titular por tiempo indefinido.,.
Cabe señalar que el referido artículo 31, establece la obligación del máximo jerarca de
acudir a los instrumentos que provee la misma legislación para ocupar esa plaza.
El primero, constituye por excelencia el nombramiento por tiempo indefinido de un
auditor o ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 08/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12924
20 de diciembre de 2011
DCA-3350
Licenciado
Ronald Muñoz Corea
Dirección Jurídica
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Estimado señor:
Asunto: Se concede refrendo condicionado a los contratos de cuantía inestimable suscritos
entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y las empresas Repuestos Franklin
Carvajal S. A., Eurobus S. A. y Autocamiones de Costa Rica Auto Cori S. A., todos de
fecha 29 de noviembre del año 2011, producto de la Licitación Pública No. 2010LN-
000073-327000, para el “Mantenimiento y Reparación de Maquinaria Pesada del MOPT”.
Nos referimos a sus oficios No. 20115018, 20115020 y 20115024, mediante los cuales
solicita refrendo a los contratos en mención.
Los oficios citados fueron ampliados a solicitud de esta Contraloría General de la República,
mediante notas No. 2011568, 20115996 y 20116069.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública” y realizado el análisis de rigor, devolvemos los
contratos de referencia, debidamente refrendados y condicionados a los siguientes aspectos:
1. Siendo que el oficio No. 20115996 la Administración indicó: “…adjunto le remito
originales de los contratos suscritos con las empresas de referida cita, los cuales sustituyen
los originales de fecha 19 de julio de 2011, remitidos mediante oficios No. 20115020,
20115018 y 20115024, todos del 11 de octubre del 2011, contratos estos últimos que se
dejan sin efecto.”, este órgano contralor entiende que los contratos suscritos en fecha 29 de
noviembre anterior, sustituyen en todos sus efectos los contratos de fecha 19 de julio del
año en curso y bajo tal supuesto otorga el refrendo a los documentos contractuales suscritos
el 29 de noviembre del 2011, lo cual se deja expresamen ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 20/12/2011
Institución: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12909
20 de diciembre de 2011
DCA-3348
Bach. Arnoldo Barahona Cortés
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
Fax: 2288-1365
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del contrato suscrito entre la Municipalidad de Escazú y Jardinería El
Campesino JC, S.A. para la contratación del mantenimiento de zonas verdes y parques en
el cantón de Escazú, bajo la modalidad de entrega según demanda. Licitación Pública N°
2011LN-000009-01.
Nos referimos a su oficio No. DA-828-2011 de fecha 10 de noviembre de 2011, por medio del cual
solicita el refrendo legal del contrato suscrito entre el la Municipalidad de Escazú y Jardinería El
Campesino JC, S.A. para la contratación del mantenimiento de zonas verdes y parques en el cantón de
Escazú, bajo la modalidad de entrega según demanda.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito
debidamente refrendado por este Despacho, no obstante sujeto a los condicionamientos que de seguido
indicaremos, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor Arnoldo Barahona Cortés en su
condición de Alcalde de la Municipalidad de Escazú, o quien ejerza este cargo. En caso que no resulte
competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir o bien comunicar a la dependencia que
corresponda, para ejercer el control sobre estas condiciones las cuales consisten en las siguientes:
1. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, el análisis de legalidad que realiza la Contraloría General de la
República, se circunscribe a la corroboración de los aspectos definidos en el artículo 8 de la
citada reglamentación. De suerte tal, que conforme lo indicado en el párrafo tercero del artículo
9 referido, “…corresponde a la Administración y ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 20/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al oficio No. 12859
19 de diciembre del 2011
DCA- 3337
Señor
Ferdy Montes Beita
Asistente Proveeduría Municipal
Municipalidad de Buenos Aires
Fax: 2730-00-50
Estimado señor:
Asunto: Se deniega refrendo por no requerirse en razón de su cuantía, a los contratos
suscritos entre la Municipalidad de Buenos Aires y las empresas Taberna Los Pioneros Ltda
por un monto de ¢53.265.900,00 (cincuenta y tres millones doscientos sesenta y cinco mil
novecientos colones exactos) y Constructora Altamirano Batista S.A, por un monto de
¢48.980.000,00 (cuarenta y ocho millones novecientos ochenta mil colones exactos),
correspondientes respectivamente a servicios para la conformación de la superficie de ruedo,
cunetas y colocación de material granular en caminos del cantón y servicios de mano de obra,
materiales y equipo, para colocación de pasos de alcantarilla y construcción de cabezales,
ambos derivados de la Licitación Pública 2011LN-000001-01.
Nos referimos a sus oficios DPMBA/407-2011 y DPMBA/408-2011 ambos de fecha 1° de
diciembre del año en curso, por medio de los cuales solicita respectivamente, el refrendo legal de los
contratos suscritos entre esa Municipalidad y las empresas Taberna Los Pioneros Ltda, correspondiente a
los servicios de conformación de la superficie de ruedo, cunetas y colocación de material granular en
caminos del cantón por un monto de ¢53.265.900,00 (cincuenta y tres millones doscientos sesenta y cinco
mil novecientos colones exactos), y Constructora Altamirano Batista S.A., para los servicios de mano de
obra, materiales y equipo, para colocación de pasos de alcantarilla y construcción de cabezales, por un
monto de ¢48.980.000,00 (cuarenta y ocho millones novecientos ochenta mil colones exactos), ambas
contrataciones derivadas de la Licitación Pública 2011LN-000001-01.
Sobre e ...
Fecha publicación: 22/12/2011
Fecha emisión: 19/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS